Elementos Esenciales del Impuesto sobre la Renta

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Introducción


Los impuestos pueden considerarse un pago obligatorio que el Estado exige a las personas con el objeto de costear los gastos públicos y que no están sujetos a una contraprestación directa. El impuesto sobre la renta (ISR) es un ejemplo de impuesto directo, lo que significa que es una contribución que pesa sobre los ingresos, caudal o aumento de riqueza de los sujetos pasivos del impuesto.

Por otra parte, el Poder Judicial, desde la séptima época, en la primera parte de la Jurisprudencia de Registro no. 232 796 señaló cuáles son éstos los elementos esenciales del impuesto: sujeto, objeto, base, tasa (también cuota o tarifa) y época de pago. Éstos deben estar consignados de manera expresa en la ley para que no quede margen para la arbitrariedad en el cobro de los impuestos, ni para el cobro imprevisible o a título particular.

Como se advierte, los elementos esenciales del impuesto son importantes para entender con exactitud el alcance de la obligación que imponen los diversos impuestos. Pero ¿sabes a qué se refieren los elementos esenciales del impuesto sobre la renta?



 Esquema Elementos esenciales del impuesto sobre la renta

Esquema 1. Elementos esenciales del impuesto sobre la renta



Reconocer los elementos esenciales del impuesto sobre la renta (ISR), a través del estudio de cada uno, a fin de comprender con precisión los alcances de la obligación tributaria.

Elementos esenciales del impuesto


Antes de ver los elementos esenciales del ISR, veamos los elementos esenciales del impuesto en general, los cuales son: sujeto, objeto, tasa (también cuota o tarifa) y época de pago.



La época de pago es el plazo o momento en que se debe realizar el pago del impuesto.


Esquema de los Elementos esenciales del impuesto

Esquema 2. Elementos esenciales del impuesto


Sujetos del ISR


Hay dos tipos de sujetos: activos y pasivos, los pasivos son los que tienen a su cargo el pago de impuestos; mientras que los activos son los que tienen el derecho a percibirlos y administrarlos en su beneficio o en beneficio de otros entes.

En el caso del ISR, el sujeto activo es la federación, por ser un impuesto federal, y es ésta quien lo percibe a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Los sujetos pasivos son las personas físicas o jurídicas obligadas al pago del ISR. Conforme al artículo 1.º de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), los sujetos obligados (sujeto pasivo) son las personas físicas y morales:



Esquema de Sujetos del ISR

Esquema 3. Sujetos del ISR

Objeto del ISR (hecho generador y hecho imponible del ISR)


Gregorio Rodríguez (1997) menciona que al hecho generador del crédito fiscal se le suele llamar objeto del impuesto o hecho imponible. Señala que el objeto del impuesto es el hecho generador del crédito fiscal; es una circunstancia o hecho que al realizarse hace que surja la obligación de pago del impuesto, es decir, se trata del supuesto jurídico, hecho concreto o hipótesis para que se aplique la ley.


El artículo 6.° del Código Fiscal de la Federación describe al hecho generador señalado que: “Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o, de hecho, previstas por las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurren”. Por otra parte, conforme al artículo 1.º de la LISR, el hecho generador de este impuesto es la obtención de ingresos de todo tipo y por toda persona.


Esquema del objeto del ISR

Esquema 4. Objeto del ISR




Bolsa de dinero

(s. a.). (s. f.). Bolsa de dinero [ilustración] Tomada de https://pixabay.com/es/bolsa-dinero-la-riqueza-ingresos-147782/

Base del ISR

La base del impuesto es la medición del hecho imponible. Donato Giannini (1957) lo llama la expresión cifrada del presupuesto impositivo. En el caso del ISR, se debe recordar que el hecho imponible es la obtención de ingresos que modifican positivamente el patrimonio, pero esos ingresos pueden ser en efectivo, en bienes, en servicios, entre otros. Así, la base del impuesto será todos esos ingresos traducidos en una cantidad monetaria.

La base del impuesto mide la dimensión económica del hecho imponible y debe determinarse en cada caso concreto. Esta dimensión económica es muy importante, pues también permite establecer la capacidad de contribuir de las personas y, por tanto, permite determinar caso por caso, conforme a los procedimientos legalmente establecidos, cuánto las personas específicas deben pagar por concepto de ISR.

Generalmente, la doctrina identifica dos tipos de base del impuesto:

•Base imponible. Ingresos netos sin deducciones
•Base gravable. También denominado base tributable, impositiva o liquidable, que corresponde a la base sobre la cual se aplica la tasa, cuota o tarifa una vez realizadas las deducciones que correspondan.

Así, Cortés (1985) define a la base liquidable como “un segundo escalón, y definitivo, del proceso de valoración de la base al que se aplica el tipo de gravamen” (p. 451).

Base gravable de personas físicas

Conforme al artículo 152 de la LISR, la base del impuesto se calcula, de manera general, en dos pasos.



Base gravable personas morales

En el caso de las personas morales, el artículo noveno de la LISR dispone que el resultado fiscal (base gravable) se determina en dos pasos:




Tasa, cuota o tarifa del ISR


En el caso del ISR, para las personas morales existe una tasa fija y para las personas físicas existen tarifas conforme a los ingresos obtenidos. La LISR, artículo 9.°, establece que en el caso de las personas morales la tasa es del 30 % anual sobre la utilidad fiscal.

Por su parte, para las personas físicas, se aplican tarifas progresivas anuales del 1.92 % al 35 % conforme la siguiente tabla:



Límite inferior $ Límite superior $ Cuota fija $ Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01 5952.84 0.00 1.92 %
5952.85 50 524.92 114.29 8.40 %
50 524.93 88 793.04 2966.91 10.88 %
88 793.05 103 218.00 7130.48 18.00 %
103 218.01 123 580.20 9438.47 17.92 %
123 580.21 249 243.48 13 087.37 21.36 %
249 243.49 392 841.96 39 929.05 23.52 %
392 841.97 750 000.00 73 703.41 30.00 %
750 000.01 1 000 000.00 180 850.82 32.00 %
1 000 000.01 3 000 000.00 260 850.81 34.00 %
3 000 000.01 En adelante 940 850.81 35.00 %

Esquema 8. Tarifas anuales del ISR para personas físicas LISR, art. 152 (ley vigente a noviembre 2017).



Como se advierte, en el caso de personas físicas existen cuotas fijas y porcentajes progresivos para el cálculo de los impuestos a pagar. Para calcular el impuesto, se deben seguir los siguientes pasos:




Además de las tarifas anuales, existen tarifas mensuales, dado que en el ISR se realizan pagos provisionales mensuales.

Época de pago


De acuerdo con Rodríguez (2002), la época de pago se refiere al “plazo o momento establecido por la ley para que se satisfaga la obligación” (p. 125), es decir, se trata del momento en que se debe pagar el impuesto sobre la renta. Este impuesto se debe pagar de manera anual, no obstante, también se deben realizar pagos provisionales.


Esquema de Época de pago del ISR

Esquema 9. Época de pago del ISR



En conclusión, los elementos esenciales del ISR son:


  • Sujetos. El sujeto activo es el Estado; el pasivo, las personas físicas y morales que reciben ingresos, residentes en México o en el extranjero, pero con fuente de riqueza en el país.
  • Objeto. Los ingresos que reciben las personas, en efectivo, en especie o en crédito.
  • Base. Ingresos percibidos menos deducciones (ingresos que modifican positivamente el patrimonio).
  • Tasa. El 30 % para personas morales y tarifas del 1.92 % al 35 % para personas físicas.
  • Época de pago. El mes de marzo para personas morales y el mes de abril para personas físicas.

Actividad. Elementos esenciales del Impuesto sobre la Renta

Conocer los elementos esenciales del impuesto sobre la renta te ayudará a comprender los alcances de la obligación tributaria con motivo de este impuesto.


Autoevaluación. Elementos esenciales del impuesto

Antes de conocer los elementos esenciales del impuesto sobre la renta, es importante conocer de manera general los elementos esenciales de todo impuesto.


Fuentes de información

Básicas


Bibliografía


Benalcázar, J. C. (2004). El acto administrativo en materia tributaria (tesis de maestría). Ecuador: Universidad Andina Simón Bolívar.

Cortés, M. (1985). Ordenamiento tributario español. Madrid: Civitas.

Giannini, A. D. (1957). Instituciones de derecho tributario. Madrid: Editorial de Derecho Financiero.

Jurisprudencia de Registro no. 232 796, Seminario Judicial de la Federación, Séptima Época, vol. 91-96, 1.ª Parte, p. 172.

Peláez, J. M. (2007). Todo procedimiento tributario: 2007-2008. Madrid: Edición Fiscal CISS.

Rodríguez, R. (2002). Derecho fiscal. México: Oxford.

Rodríguez, G. (1997 septiembre-diciembre). Obligaciones fiscales. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, (90).

Tesis 1.ª CLXXXIX/2006. (2007, enero). Renta. Qué debe entenderse por “ingreso” para efectos del título ii de la Ley del Impuesto Relativo. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, 9.ª época, t. XXV, p. 483.


Documentos electrónicos


Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley de Impuesto sobre la Renta [Versión electrónica]. Última reforma publicada en el DOF el 30/11/2016. Consultada el 19 de enero de 2019 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR_301116.pdf


Complementarias


Bibliografía


Carrasco, H. (2011). Derecho fiscal I. México: Iure Editores.

Dorantes, L. y Gómez, M. (2012). Derecho fiscal. México: Grupo Editorial Patria.



Cómo citar



Melgar, P. (2018). Elementos esenciales del impuesto sobre la renta. Unidades de Apoyo para el Aprendizaje. CUAED/FES Acatlán-UNAM. Consultado el (fecha) de (vínculo)